Sentencia que condena al SERGAS a indemnizar a una viuda y su hijo por el retraso en realizar al paciente una endoscopia 8 meses
Al paciente le fue indicada la realización de una endoscopia alta para diagnosticar un posible problema gástrico al aparecer una marcada astenia ferropénica.
En la cita del mes siguiente con el especialista para valorar el resultado de la prueba esta seguía sin realizar, por lo que insistió en la petición.
Ocho meses más tarde de la primera petición el paciente tiene que ingresar de urgencia en el hospital por dolor abdominal.
Es entonces cuando le realizan la endoscopia descubriendo que tenía un tumor gástrico en estado avanzado.
Sólo mes y medio después fallece por dicho tumor complicado con otra patología cardiaca que impedía que pudiese operarse.
El juzgado en su sentencia tacha de “inaceptable tardanza” ese retraso y de “falta de cumplimiento patente” de la normativa sobre gestión de la lista de espera.
Como no se puede saber con certeza si hecha la prueba en plazo se hubiera podido curar el tumor, indemniza a nuestros clientes con la cantidad de 25.000 euros más intereses.
Este tipo de comportamientos de la Administración se corregirían si las indemnizaciones fuera ejemplarizantes, pero eso nuestro sistema legal no lo permite (los llamados daños punitivos).
Mientras sea así a la Administración les saldrá más rentable indemnizar los errores por su deficitaria gestión, que dedicar recursos a mejorar la asistencia evitando tales demoras.