Sentencia de un Juzgado que considera acreditada la relación de un accidente de tráfico y las lesiones sufridas a pesar de un informa de biomecánica que la descartaba.
Nuestros clientes, miembros de la misma familia, sufrieron una colisión por alcance, mientras su vehículo iba a escasa velocidad por el casco urbano de Vigo.
Los daños materiales fueron escasos pero los ocupantes del vehículo golpeado sufrieron el denominado síndrome del latigazo cervical.
Aunque a dos de los ocupantes les produjo apenas unas molestias transitorias, uno de ellos, por una patología previa, estuvo cuatro meses de baja.
Sin embargo, la compañía de seguros se negó a indemnizar esos daños alegando que al ser un impacto a escasa velocidad era imposible que los ocupantes sufrieran daños.
Vamos, que la lesiones eran simuladas, a pesar de haberse objetivado por los servicios médicos de urgencia los síntomas propios de esa lesión, entre ellos la contractura cervical.
Y para dar una apariencia de veracidad a ese criterio de cientificidad aportaron en juicio un informe de biomecánica para justificar que era imposible que el golpe causase las lesiones.
Hay literatura médico legal que pretende otorgar carta de naturaleza a esos informes, para acreditar con ellos una correlación entre baja velocidad y ausencia de potencial lesivo.
Omite que no sólo la velocidad es el factor determinante del daño sino la situación de los vehículos, de los propios pasajeros e incluso su constitución y antecedentes.
La sentencia acoge todos esos óbices puestos de manifiesto en juicio, desacredita el valor de la prueba de biomecánica y condena a pagar a la aseguradora el importe reclamado.