Los efectos adversos de los medicamentos y la lectura de los prospectos como efecto disuasorio.
Su última tribuna de El País Semanal Javier Marías la titula “Literatura de terror farmacéutica”, indicando que “todo está mencionado en los prospectos”, añadiendo que quizás sea una reacción de los laboratorios a las demandas de determinados abogados por las cosas más peregrinas.
Bien es cierto que la culpa no es de los abogados, sino de los jueces americanos capaces de condenar a una famosa cadena de comida rápida por quemarse la lengua un cliente al tomar el café demasiado caliente; desde entonces el vaso incluye una advertencia escrita.
Y en España, aunque menos dados a esas extravagancias jurídicas, sí que es cierto que cada vez los jueces aplican con mayor rigor las normas que protegen a los consumidores, sobre todo en lo que concierne a la información en el uso y consumo de todo tipo de bienes y servicios.
Los medicamentos, especialmente, por el potencial efecto dañino son quizás el mejor exponente; recordemos que fármaco etimológicamente significa veneno, de ahí exista un riesgo potencial, no ya a modo de efectos secundarios, sino de esos que se llaman efectos adversos.
Efectos que pueden producir daños muy importantes, y que se llega a repercutirse a las compañías farmacéuticas con condenas millonarias por la denominada responsabilidad por producto defectuoso, entendiendo por aquél también el que adolece de falta de información.
Para eludir esa responsabilidad las farmacéuticas han optado por convertir los prospectos en eso que Marías llama “literatura de terror”, y que lleva al absurdo de incluir en los prospectos los llamados “efectos adversos desconocidos”, para incluir todo los posible aunque no se sepa.
Ocurre que esa demencial idea de convertir el prospecto en una especie de sábana escrita con letra menuda para curarse en salud, no elude ninguna responsabilidad si el daño es la consecuencia de un defecto de diseño o de fabricación.
No basta con informar para eludir la responsabilidad, sino de lanzar al mercado productos lo suficientemente testados para evitar ese terror de convertir un simple analgésico en una de esas bolas de la lotería de Navidad, pero con el efecto contrario.
Es decir, que si pruebas a tomarlo y tienes la mala suerte de que te dé un efecto adverso avisado estabas, aunque no te leyeras el prospecto entero. Eso no es una cláusula de exoneración de responsabilidad, aunque a veces determinadas sentencias parezca que lo infieran.
Pero una cosa es que la sentencia condene por falta de información (caso del medicamento Agreal) y otra muy distinta es que habiendo información no exista responsabilidad. Los jueces si detectan déficit de información condenan, pero eso no quita que condenen también si no lo hay.
Aun así los laboratorios seguirán con su literatura de terror para por lo menos disuadir a los damnificados de la lotería del efecto adverso a presentar una demanda. Pero los abogados especialistas en la materia sabemos que será papel mojado si el defecto existe aunque su efecto se escriba en el prospecto.
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