La Sentencia del Tribunal Supremo, de 10 de noviembre de 2015, anuló íntegramente el PGOU de Vigo del año 2008, comentamos sus efectos.
Vigo está en busca y captura de vías para aprobar un “nuevo” PGOU, y decimos “nuevo” pues se quiere crear a imagen y semejanza del PGOU 2008. Lo último: rechazo al “Informe Parejo” como vía exprés y estimación por la Xunta de que no antes de 24 meses tendremos nuevo PGOU en Vigo; ¿y mientras tanto qué? Pues debemos buscar las oportunidades que presenta el resurgir del Plan del 93.
Muchos vieron truncadas sus expectativas urbanísticas con el Plan de 2008, y esas expectativas urbanísticas renacieron ahora. Resulta de aplicación el PGOU 1993 y pueden solicitarse licencias de obra y actividad conforme al mismo; el otorgamiento de licencias no está suspendido por el Ayuntamiento (art. 47 Ley del Suelo de Galicia), y al caso de iniciar los trámites al efecto e incurrir en gastos (tributos, proyectos, etc.), podremos ser reintegrados al caso de que se apruebe un nuevo PGOU que cambie otra vez la ordenación de nuestra propiedad: aprovechar esta oportunidad presenta un riesgo moderado.
Una segunda oportunidad: si antes el PGOU 2008 olvidó nuestra propiedad, por ejemplo, dejándola fuera de un PERI (o a la inversa, la ha incluido pese a nuestra oposición), tenemos una nueva oportunidad para que, a la vista del desarrollo urbanístico de la zona en estos años, podamos hacer valer nuestros intereses urbanísticos otrora desechados.
El nuevo PGOU es utopía, estimaciones, inseguridad e incerteza: aprovechemos las certezas, aprovechemos las oportunidades.
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