Principales novedades en IRPF
La reforma fiscal aprobada por el Congreso, y que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015, nos trae las siguientes novedades a efectos de IRPF:
Supresión de la exención de 1.500 € para dividendos y participaciones en beneficio.
Se suprime la exención sobre los primeros 1.500 euros percibidos debiendo tributar como rendimientos del capital mobiliario por el importe integro percibido.
Reducción aplicable por percepción de rendimientos del trabajo irregulares.
Se minora el porcentaje de reducción del 40% al 30%. Además, para los rendimientos con periodo de generación superior a dos años, se sustituye la mención al carácter no periódico ni recurrente por un criterio objetivo según el cual, la reducción no se aplica si en los 5 periodos impositivos anteriores se hubiesen percibido rendimientos con periodo de generación superior a dos años a los que se les hubiera practicado la reducción.
Tributación de la ganancia patrimonial generada por transmisión de bienes inmuebles.
Se elimina la aplicación de los coeficientes de corrección monetaria para el cálculo de la ganancia patrimonial generada por la transmisión de bienes inmuebles.
Esto implica que a partir del año próximo no se tendrá en cuenta el efecto de la inflación en la transmisión de inmuebles, por lo que si esta pensando en vender un inmueble es conveniente analizar si le compensa hacerlo antes del próximo 1 de enero.
Deducción por alquiler de vivienda habitual.
Se suprime la deducción pero se regula un régimen transitorio que permite seguir practicando la deducción a aquellos contribuyentes que con anterioridad al 1 de enero de 2015 hubiesen celebrado un contrato de arrendamiento y satisfecho por ellos cantidades en concepto de alquiler por vivienda habitual.
La aplicación de este régimen transitorio se condiciona a que el contribuyente hubiera tenido derecho a la aplicación de esta deducción en relación con la misma vivienda en un periodo impositivo devengado con anterioridad al 1 de enero de 2015.
Reducción por percepción de rentas de alquiler de vivienda.
Se reduce importe de la deducción en el IRPF para los arrendadores de viviendas al 60% de las rentas obtenidas.
Ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas a largo y corto plazo.
A partir del 2015 la totalidad de las ganancias y pérdidas patrimoniales pasaran a integrarse en la base imponible del ahorro, sin distinción entre las obtenidas a largo y corto plazo.
Tipos de Gravamen
El número de tramos se reduce de siete a cinco, y el tipo mínimo pasa del 24,75% al 20%, en 2015, y al 19%, en 2016. Por su parte, el tipo máximo de gravamen pasa del 52% al 47%, en 2015, y al 45%, en 2016.
La reforma también incluye una rebaja de la tributación del ahorro quedando como sigue:
Tramos |
Tipo aplicable en 2015 |
Tipo aplicable en 2016 |
Hasta 6.000,00 € |
20% |
19% |
Desde 6.000,00 € hasta 50.000,00 € |
22% |
21% |
A partir de 50.000,00 € |
24% |
23% |
Tipo de retención aplicable a empresarios autónomos.
El tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 15.000 euros anuales se reduce del 21% al 15%
El tipo de retención general para autónomos se reducirá del 21% al 19% en 2015, y al 18% en 2016.
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