Sentencia de un juzgado de lo social que reconoce la prestación de incapacidad absoluta derivada de un trastorno motor sugestivo de funcional a una trabajadora autónoma a la que el INSS le había reconocido la incapacidad total.
Nuestra cliente fue diagnosticada de un trastorno motor sugestivo de funcional tras múltiples pruebas que no evidenciaban base orgánica.
El INSS le reconoció un incapacidad permanente total para su profesión de administrativa con atención al público en el RETA.
Demandamos para elevar la prestación, del 55% al 100% de la base reguladora, de acuerdo con lo que considerábamos que era la incapacidad que procedía, una absoluta.
Mal podía hacer no solo ese trabajo, el suyo, sino cualquier otro aquejada de un trastorno que provocaba movimientos compulsivos de sus extremidades, sin un claro patrón.
La sentencia viene a darnos la razón al considerar que con ese estado de salud no existe capacidad laboral residual con la que poder realizar un trabajo, por muy liviano que sea.
En ocasiones, como esta, y sin necesidad de prueba pericial que lo respalde, es posible obtener pronunciamientos favorables, basados en el más elemental sentido común.