Sentencia de un Juzgado de Mataró que declara improcedente el despido de una cirujana acusada erróneamente de una mala praxis médica inexistente.
En el mundo de la sanidad hay malas praxis que se denuncian (bastantes menos de las que son), otras que se tapan internamente (la mayoría, la transparencia no existe) y otras que se pergeñan para quitarse de encima a un trabajador.
Es la otra cara (oscura) de ese mundo. Así sucedió con nuestra cliente, acusada falsamente de un mala praxis en la atención a un paciente oncológico, que tristemente luego falleció.
Se le despidió alegando que era la responsable de esa pérdida humana, cuando la realidad es que la cirujana actuó en todo momento de acuerdo con el buen criterio médico y el paciente falleció por una complicación inevitable.
En juicio se demostró no sólo que la cirujana había actuado conforme a protocolo, que antes problemas similares la actuación médica siempre había sido la misma, y que, realmente, existía por la jefa de servicio una animadversión evidente hacia ella.
Es decir, que se le despidió con la excusa de esta asistencia, pero con una voluntad predeterminada de hacerlo ante cualquier circunstancia. Así consta en la sentencia que viene a darnos la razón y que declara improcedente el despido.