Sentencia de un Juzgado de lo Social de Santander que reconoce como accidente de trabajo una baja derivada del estrés laboral y del cansancio mental por la sobrecarga asistencial debida a la organización del trabajo durante la pandemia.
Es sabido que la pandemia supuso un sobresfuerzo para el personal sanitario.
También que los dispositivos asistenciales por momentos no dieron abasto durante las sucesivas olas.
Pero ese sobreesfuerzo tampoco fue bien gestionado para evitar las consecuencias que reportaban particularmente en la salud psíquica de los profesionales sanitarios.
Nuestra cliente, facultativa, sufrió ese agotamiento mental acrecentando por la incomprensión de sus superiores, y tuvo que estar de baja varios meses para recuperarse.
Cuando tras insistir se hizo la evaluación de los riesgos psicosociales se pudo constatar la alta presión psíquica a la que los profesionales del centro estaban sometidos.
A pesar de eso ni el INSS, ni la Mutua, ni lo que es peor, el Servicio Cántabro de Salud, quisieron reconocer que la baja no era una enfermedad con ocasión del trabajo.
El juzgado ha dictado sentencia estimando la demanda, y considerando que lo sufrido fue por esa forma de trabajar, más allá de cualquier prevención, lo que supone el reconocimiento del accidente de trabajo.