Un juzgado de lo social condena al Sergas a pagarle a un paciente un medicamento no financiado y a indemnizarle con 8.000 euros.
Nuestro cliente padece una dolencia rara (disautonomia primaria) en grado severo, para el que le han prescrito múltiples tratamientos, siendo el único eficaz el Gutrón, medicamento que desde el año 2005 no está financiado por el sistema nacional de salud.
Con esa excusa el Sergas decidió desestimar su reclamación de abono de las cantidades abonadas y del derecho a que se le dispensase sin coste alguno. No se trata de un medicamento caro; son menos de 250 euros al mes.
Planteamos la demanda al juzgado, aportando otras sentencias ganadas previamente (el caso Readron o del motor eléctrico para la silla de ruedas), haciendo valer una legislación que reconoce el derecho a una prestación farmacéutica eficaz.
Lo que no puede ser es que luego venga el Gobierno de turno, retire el medicamente del catálogo, a pesar de que para algunos pacientes sea la única alternativa terapéutica para controlar los efectos de su enfermedad y así tener una mínima calidad de vida.
Y en base a esa decisión, el servicio de salud, sin analizar la situación de salud del paciente y haciendo caso omiso a los propios informes de los médicos tratantes, decide obligarle a pagar el tratamiento que precisa de su propio bolsillo.
La economía no puede condicionar la salud. Ni el reglamento ir contra la Ley. Se ha hecho justicia una vez más gracias a una interpretación en clave constitucional, ¿pues de que sigue proclamar el derecho a la protección de la salud si depende de la economía de cada cual?