Sentencia de un juzgado que condena al Sergas a indemnizar en la cantidad de 90.000 euros por los daños derivados de un embarazo no deseado al fallar un DIU.
Son muchas las mujeres en este país a las que se les implantaron un DIU defectuoso, lo cual no es una afirmación gratuita sino la constatación de una alerta sanitaria.
Alguna de esas mujeres de toda España han acudido a nuestro despacho para que tramitásemos sus reclamaciones.
Unas porque quedaron embarazadas, otras porque sufrieron un aborto y algunas más porque tuvieron que ser intervenidas para extraer fragmentos del DIU.
La primera demanda ya tiene sentencia, por la que se condena al SERGAS por uno de esos DIU que fallaron por un defecto de fabricación.
La condena es porque no se identificó correctamente el DIU implantado y con ello no se pudo seguir la trazabilidad del producto.
También porque no se informó a la paciente antes de los riesgos que podía entrañar y de las revisiones aconsejadas.
La indemnización es por esa falta de información y su repercusión, así como por los gastos de crianza del niño nacido en esas circunstancias.
90.000 euros que supone una condena pionera pues hasta hora ninguna sentencia había indemnizado de esa forma los daños por el nacimiento de un hijo sano.