Sentencia que condena al Sergas a indemnizar a la viuda e hijas de un paciente con 153.200 euros más intereses por la falta de realización a tiempo de una endoscopia para cohibir el sangrado de unas varices esofágicas.
En muchas ocasiones los servicios de salud y sus aseguradoras intentan reducir el importe de las indemnizaciones por mala praxis médica apelando a la teoría de la pérdida de oportunidad, justificando que aun haciendo las cosas bien el resultado final podría ser el mismo que haciéndolo mal.
El abuso de esta teoría conduce a absurdos tales como que se lleguen aplicar mal las matemáticas, de modo que se diga que el resultado hubiera sido el mismo en un 20 por cierto de los casos, pero luego reduzca la indemnización en un 40%, cuando no más, a modo de rebajas indemnizatorias intolerables.
Parece esconderse bajo esa táctica cicatera el deseo de evitar la judicialización de las reclamaciones, aprovechando la necesidad económica de algunas familias para que acepten acuerdos a la baja evitando el litigio y los costes que reportan, máxime por que no sólo precisan de un abogado especialista sino de un buen perito.
Es el caso de la sentencia comentada a la que se llega después de que dictaran resolución indemnizatoria con una reducción del 40% a pesar de que los estudios realizados de forma acorde con la literatura médica la tasa de fracaso del tratamiento hecho a tiempo no debería ser superior al 10%.
En este caso la aseguradora del SERGAS llevó no uno sino dos peritos para, reinterpretando la historia clínica y modificando el diagnóstico de la patología hepática que aquejaba al paciente, reducir las expectativas de supervivencia del paciente y de ese modo la indemnización que se verían obligados a pagar.
La jueza con buen criterio y extenso análisis jurídico de este teoría acompañada de un prolijo análisis (infrecuente) de la patología del paciente, concluye que asistía razón a nuestra tesis, basada en un informe pericial, por su coherencia con la historia clínica y el diagnóstico previo con el que partía el paciente.
Pero lo más llamativo del caso, discrepancias médicas al margen, es la intolerable asistencia a un paciente que con unas varices esofágicas sangrantes no se le hizo una endoscopia hasta pasadas 24 horas de su ingreso, cuando ya era imposible cohibir la hemorragia, y sin que otro tratamiento se le diera para mitigarla.
Como se dijo en el juicio “aparcaron al paciente” sin preocuparse de su estado, a pesar de sus antecedentes y de sus elocuentes síntomas. Se trató, como llegó a dictaminar el Consello Consultivo, de una grosera infracción de la “lex artis”. Y aun así el SERGAS pretendió saldar la indemnización con un rebaja del 40%. Inconcebible.