Condena al Sergas a indemnizar a un paciente por confundir su médica de atención primaria un infarto pulmonar con gases
Antes de la pandemia las centros de salud ya estaba saturados, ahora mucho más, de ahí la dificultan de disponer de tiempo para una adecuada y correcta asistencia.
Sin embargo, el caso de nuestro cliente transciende esas limitaciones asistenciales, porque el error cometido roza lo grotesco.
Un paciente joven acude a un centro de salud con un dolor torácico intenso de perfil y varias horas de evolución.
La doctora, sin que existieran antecedentes previos, lo atribuye a una indigestión que le provoca gases y le da una medicación para las flatulencias.
Nuestro cliente al día siguiente como el dolor no cedía acude a un hospital, donde ante la sospecha de lesión isquémica le realizan un TAC que confirma un infarto pulmonar.
Salvo su vida por unas horas y después de una larga convalecencia ha conseguido recuperarse si bien con una anticoagulación permanente.
El juez confirma el error a pesar de los intentos del SERGAS de relativizarlo y le condena a indemnizar el daño como pérdida de oportunidad con 12.000 euros.
La indemnización se pondera por el hecho de que una atención más temprana tampoco hubiera podido garantizar que el resultado hubiera sido distinto al 100%.
Errores como este dejan en evidencia a una atención primaria que con mayores recursos humanos podrían evitarse, disponiendo de los mínimos 10 minutos por consulta.
Pero mientras al Sergas le resulte más barato indemnizar a los pacientes damnificados que contratar a más médicos me temo que preferirá lo primero.