Sentencia de un juzgado que condena a una aseguradora a abonar a nuestro cliente 120.000 euros, que era la garantía de invalidez absoluta contratada en su seguro de vida
Con frecuencia asistimos a la negativa de las compañías de seguro a indemnizar las cantidades previamente contratadas en la póliza aludiendo a errores en el cuestionario de salud previamente realizado.
En este caso el motivo era que no se había declarado un accidente previo que había sufrido nuestro cliente 20 años antes de la contratación de la póliza, aludiendo a que de ese antecedente deriva una lesión que dio lugar luego a la declaración de invalidez.
La cuestión no era si la lesión era o no preexistente, sino si previamente a su diagnóstico se podía sospechar que de aquel accidente, 20 años después, derivase una lesión que dio la cara con motivo de un nuevo traumatismo.
La sentencia, que viene a darnos la razón, aclara que la falsedad consciente o el error grave a la hora de responder al cuestionario es lo que se sanciona, y en este caso no hubo lo uno ni lo otro pues no se podía sospechar que esa lesión existiese previamente a la contratación.
No se discutió por los peritos que tuviera relación con aquel accidente antiguo, pero más allá de que el cliente omitiese en el cuestionario ese antecedente, lo cierto es que difícilmente se podía relacionar lo uno con lo otro, por la singularidad de la lesión.
En la segunda sentencia favorable que en 1 año tenemos sobre la misma controversia, en relación al valor de esos cuestionarios de salud, genéricos, ambiguos, poco precisos y muchas veces ni siquiera cubiertos por el propio asegurado, que se limita a firmar.