Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que condena al SERGAS a indemnizar con 65.000 euros por los daños derivados de una intervención de hombro.
Desde hace años las reclamaciones por responsabilidad sanitaria giran de forma casi obsesiva en torno al denominado consentimiento informado.
O los pacientes reclaman que no fueron bien informados de los riesgos de una intervención, o los médicos reclamados se escudan en el consentimiento firmado para justificarse.
Esto último es lo que pasó a nuestra clienta, a la que en una intervención para corregir una fractura de hombro se le lesionaron el nervio radial y el plexo braquial.
La jueza en primera instancia consideró que sólo había un déficit de información en el consentimiento, pero no mala praxis.
Pero el Tribunal estima nuestro recurso al entender que lo que no puede el consentimiento, bien o mal recabado, es avalar los posibles errores técnicos del cirujano.
Y en este caso siguiendo nuestra tesis entiende que la lesión de esos nervios sólo pudo ser debida a la incorrecta o al menos poco cuidadosa técnica quirúrgica.
Eleva la indemnización a 65.000 euros pues entiende que lo que hay que indemnizar no es la falta de información sino la lesión física efectivamente causada.