Sentencia que condena al Sergas por demorar cinco meses una intervención de codo que debía haberse realizado en un máximo de un mes.
Bien cierto es que la asistencia sanitaria no puede obrar milagros, pues a pesar de los avances médicos no hay remedio infalible para toda lesión.
Pero también es cierto que cuando el remedio se demora en demasía las posibilidades de curación se reducen drásticamente en muchos casos.
Es lo que le pasó a nuestro cliente que tuvo una fractura denominada triada del codo y que tras reducírsela se le dio rehabilitación en lugar de proceder a la intervención que procedía.
Si los protocolos y manuales hablan de una espera máxima de 1 mes en este caso al paciente se le tuvo 5 meses de espera, mientras la fractura evolucionaba a peor.
Cansado de esperar acudió a la medicina privada donde le explicaron lo que realmente tenía y la urgencia en operarse a riesgo de empeorar más todavía.
Fue operado en otro hospital público y afortunadamente salió bien parado, pero de operarse antes el resultado hubiese sido mejor.
Sobre eso versó el juicio –sobre la incertidumbre de otro resultado- y finalmente el juez ha venido a darnos la razón constatando la mala actuación.
Condena al Sergas a indemnizar a nuestro cliente con 35.000 euros por la pérdida de oportunidad de un mejor resultado.
El éxito del juicio es que constata el fracaso de la asistencia. Paradoja y moraleja: sanidad demorada, sanidad fracasada.