Sentencia de un Juzgado que declara nulo el seguro de crédito impuesto por el banco en un préstamo con garantía hipotecaria.
Existe ya una consolidada línea jurisprudencial que viene declarando la nulidad, por abusiva, de la cláusula de imposición de gastos al consumidor prestatario, es decir, al que hipoteca su casa para obtener del banco la financiación para su adquisición.
Que los gastos de notario y gestoría hay que repartirlos a partes iguales entre el cliente y el banco –y no sólo a cargo del cliente- y que los de registro corresponden en exclusiva al banco –y no solo al cliente- es un criterio consolidado en la jurisprudencia.
Lo que no es tan habitual es que una sentencia declare la nulidad de un seguro impuesto por el banco, menos aun si de un seguro de crédito se trata, primer caso resuelto que conocemos, no así de seguros de vida declarados nulos.
En este caso el banco había impuesto un seguro de crédito con prima única (más de 5.000 euros) a incluir dentro del capital financiado, con lo cual el banco se quedaba con ese dinero para abonar la prima a una aseguradora de su grupo.
Esa sobre garantía que imponía el banco (que no le bastaba como garantía con la casa hipotecada y con la personal de los prestatarios, sino que quería tener asegurado el cobro con ese seguro) es abusivo, nulo y, por lo tanto, el banco según esta sentencia tendrá que devolver la prima con intereses.
Nuestros clientes finalmente recuperarán más de 6.000 euros de los gastos de su hipoteca, entre ese seguro, el notario, la gestoria y el registro. Un hito más en esta materia de derecho de consumo de la que somos especialistas desde hace más de 20 años, mucho antes de su eclosión en la última década.