Auto de la Audiencia Provincial de Pontevedra que obliga a continuar el procedimiento penal contra los titulares de una discoteca y el alcalde, por delito medioambiental y de lesiones
Existen ocasiones en que los problemas de contaminación acústica sobrepasan lo que son una mera molestia y llegan a suponer un verdadero daño, castigado penalmente.
Situación que en muchas ocasiones deriva del ruido generado por los bares, cafeterías, pubs y discotecas, que actúan impunemente por la complacencia de los ayuntamientos obligados a controlarlo.
Y esta situación es a la que se encontraban sometidos nuestros clientes, lo que motivó la incoación de acciones penales contra el Alcalde de una “villa” costera y los poderosos dueños de un conocido establecimiento “rosa”.
Ahora la Audiencia Provincial de Pontevedra ha revocado el Auto dictado por el Juzgado de Instrucción en el que se declaraba (por segunda vez) el sobreseimiento libre de los imputados, asumiendo nuestros argumentos.
Manda continuar con la instrucción de los hechos denunciados para determinar el alcance del daño, mediante reconocimiento forense de los perjudicados, a lo que el juez de instrucción se había negado.
El derecho penal no debería ser la solución, pero en ocasiones es el único recurso efectivo para acabar y castigar con aquellas conductas que llegan a afectar nuestra salud por el ruido reiterado, abusivo y a deshora.
Por cierto, aunque el asunto es público y publicado en la provincia de Pontevedra hemos dado una pista, a modo de juego de palabras, para que descubran de qué discoteca estamos hablando.