Una reflexión a propósito de dos noticias, un anuncio y una anécdota sobre las cláusulas suelo.
Sábado pasado, periódico El País, sección de economía, página 36, primera noticia: “Oliu (presidente del Banco de Sabadell) ve un ataque a la banca por la cláusula suelo”. Misma página, segunda noticia, en este caso de opinión, dos catedráticos de Derecho Civil la titulan “Respeto institucional” con el siguiente destacado: “es malintencionado decir que el Supremo infringe la Ley para proteger a la banca”.
Unos se quejan de que hay una beligerancia contra los bancos por el tema de la cláusula suelo, que califican de robo (“asalto al tren del correo”, dice); y lo cuenta precisamente el presidente del banco que dice que las cláusulas suelo de sus hipotecas son transparentes, pero luego cuando se le demanda judicialmente, y ya lo hemos visto varias veces, da instrucciones a sus abogados para que se allanen y paguen todo: no quiere sentencias en contra.
Otros lamentan las críticas al Tribunal Supremo tras ver revocado su criterio de limitar la retroactividad por la declaración de nulidad de dichas cláusulas, de acuerdo con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, críticas de quienes se atreven a tachar a los magistrados de hacer “populismo judicial” y afirman que desconocieron “a sabiendas el artículo 1303 del Código Civil para proteger a la banca”.
Está claro que tanto una como otra noticia describen una realidad paradójica; la de quienes, como el niño rico, se enfadan porque en el recreo ha perdido el partido con su propia pelota, acostumbrado como estaba a que le dejen ganar (“la banca siempre gana”, frase célebre que describía una triste realidad); y la de otros que se lamentan por tanta inquina, como ese profesor riguroso que se enfrenta al reproche del padre del alumno so pretexto de que el niño dice que le tiene manía.
La banca ha aplicado mal una legislación que le obliga a ser transparente en la contratación y cuando se ha juzgado ese proceder se han enfrentado no a los jueces o a los abogados, sino a una normativa que ha querido desconocer; y los jueces no han hecho más que aplicar esas normas, y no con un espíritu de Robín Hood, sino con “sociología jurídica”, presente en el artículo 3.1 del Código Civil, mientras el sistema financiero hacía aguas por la mala gestión.
Sigo con el anuncio, a faldón entero de la contraportada del mismo periódico: un despacho de abogados que se dice especialista en derecho bancario asegura la devolución de todo lo cobrado por aplicación de la cláusula suelo. Sucede que ese despacho hasta el “boon” de las preferentes nunca se había dedicado a esa materia incluso son los abogados de una gran aseguradora. Un ejemplo de transformismo jurídico y oportunismo judicial.
Y concluyo con la anécdota. El verano pasado un conocido me pide referencias de ese despacho; se las doy indicando que es bueno pero que lleva poco tiempo en esa materia. Indago y me dice que es por una reclamación de la cláusula suelo de su hipoteca, explicándome que le reclaman la devolución desde mayo de 2013, a lo que expreso mi asombro, pues deberían reclamar la retroactividad total.
Añado que está pendiente una sentencia del Tribunal europeo y que no debería autolimitar su reclamación al 2013. No me hizo caso y ahora se lamenta. La falsa publicidad pudo más que el consejo sincero. Quizás porque uno, aunque sea especialista en Derecho de Consumo por la Universidad de Santiago y se enfrente desde hace 20 años a bancos y aseguradoras, no se anuncia en prensa y radio, sino que se limita a contar lo que hace y no lo que puede hacer.
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