Una de las principales novedades contenidas en la nueva Ley del Suelo de Galicia es el establecimiento de la obligación de todo propietario que solicite licencia de obra de finalizar la edificación para la que obtuvo licencia.
Esta regulación responde al intento del legislador de poner fin al conocido como feísmo urbanístico gallego, término acuñado en Galicia y que responde a esa percepción del estilo constructivo del medio urbano y, especialmente, del medio rural gallego, teniendo en cuenta que según el DRAE, feísmo es la “tendencia artística o literaria que concede valor estético a lo feo”.
La novedad legislativa se encuentra recogida en los art. 135 y 136 de la Ley, donde se regula un procedimiento a través del cual los ayuntamientos, de oficio o a instancia de cualquier interesado, mediante el correspondiente expediente y previa audiencia de los interesados, dictarán órdenes de ejecución que obliguen a los propietarios de bienes inmuebles a realizar las actuaciones necesarias para terminar las edificaciones para cuya ejecución obtuvieron la preceptiva licencia.
De nuevo, la potestad queda en manos de la Administración local, por lo que estaremos a la espera de que esta ejerza oportunamente sus potestades en materia de disciplina urbanística o bien, en su caso, sean los interesados (normalmente vecinos del término municipal), los que con su insistencia logren que la Administración incoe el citado procedimiento.
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